¿QUÉ SON LOS REMATES JUDICIALES?

El Remate Judicial es la venta especial de un bien inmueble (o mueble) que se realiza por orden de un juez dentro de un Juicio, siguiendo el procedimiento establecido en la ley; la venta es pública y se realiza a través de subastas, donde se establece un precio base para el remate (llamada postura legal) y que, a partir de esta cantidad, las personas previamente registradas en el juzgado (llamados postores), ofrecen una cantidad mayor que mejore la oferta anterior. Al postor que ofrece la mayor cantidad se le adjudica el inmueble convirtiéndose en el nuevo dueño.

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Tipos de Remates

Es bastante común encontrar en los sitios WEB inmobiliarios, la venta de Inmuebles empleando indistintamente las categorías de “Remates Hipotecarios”, “Remates Bancarios” y “Remates Judiciales”. Sin embargo, es importante entender que no es lo mismo y que hay grandes diferencias entre ellos.

    Remates Bancarios: son aquellos en donde una persona que tiene derechos de cobro, llamado acreedor, vende o cede dichos derechos a otra persona, para que los cobre. Generalmente, la deuda está garantizada con un bien inmueble. En esta operación no se vende un inmueble, lo que se cede es el derecho que se tiene de cobro. Eventualmente y si el deudor no paga la deuda, el acreedor puede adquirir dicho inmueble, pero no siempre es así.

    Remates Judiciales: son aquellos en donde se vende un inmueble por subasta pública en un Juzgado. Los participantes en la subasta en presencia del Juez hacen sus ofertas y el que ofrece la mayor cantidad es a quien se le vende el inmueble.

    Remates hipotecarios: Es un nombre genérico indeterminado para identificar a la venta de un inmueble que puede ser remate Judicial o Remate Bancario.

    Ventajas de los Remates Judiciales

    PRECIO POR DEBAJO DEL VALOR COMERCIAL

    La principal ventaja de comprar un inmueble por Remate Judicial es el bajo precio de venta. Dependiendo de las características de la propiedad y la Almoneda en que se compre, se pueden tener ganancias del 30% o más, respecto al monto de la inversión.

    INVERSIÓN QUE GENERA PLUSVALÍA:

    Desde el primer día de la compra del inmueble, la propiedad aumenta su plusvalía provocando el incremento del capital invertido y protegiéndose de la inflación.

    SEGURIDAD DE LA COMPRA

    La compra del inmueble se realiza ante un Juez que valida y autoriza la venta. Posteriormente, el Notario elabora la escritura Pública del Inmueble a nombre del adjudicatario.

    SEGURIDAD DEL CAPITAL

    El pago del inmueble se realiza mediante billete de depósito (BIDE) emitido por el Banco del BIENESTAR. Los billetes están a nombre del postor y se deposita en el juzgado, lo que da seguridad al capital.

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